Determinar cuáles son los delitos graves y los no graves en el CNPP

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Todo apunta que los diputados harán una reforma a la Declaratoria de Entrada en Vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, donde se pueda tomar en cuenta lo que de alguna manera señalamos oportunamente sobre algunas lagunas que se han dejado, sostuvo el presidente de la Barra Chiapaneca de Abogados, Cervando Cruz Solís.

Anotó que oportunamente advirtieron al Congreso que en Chiapas hay 34 distritos judiciales en materia penal, sin embargo no les escucharon y solamente emitieron tres regiones con sede en Tuxtla, Tapachula y Ocosingo.

Y para variar, indicó, en el distrito de Ocosingo se había contemplado al municipio de Huixtla, lo que significa que los asuntos de carácter legal por lo penal se presentaran en el municipio de la zona Costa tendría que atenderse en Ocosingom, lo cual resulta una aberración porque se tiene más cerca al distrito de Tapachula.

También señalaron que en el Código Nacional de Procedimientos Penales no se hace distinción de cuáles son los delitos graves y cuáles no son graves. Sin embargo, el Congreso determinó que delitos graves solamente serán atendidos en Tuxtla, Tapachula y San Cristóbal de Las Casas.

Cruz Solís destacó que por fortuno todo apunta que serán consideradas 20 regiones, y entrarán en vigor los delitos graves como no graves en 10 distritos judiciales, para noviembre, diciembre de este año y hasta marzo de 2016.

Dijo que es muy importante lo anterior, porque al entrar en vigor la Constitución en forma general, se podrá aplicar los principios de presunción de inocencia y el debido proceso. En estos momentos no lo hay porque sigue prevaleciendo el Código Penal anterior.

Enfático dijo que en estos momentos solamente está en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales en delitos no graves, pero es importante señalar en la Declaratoria cuáles serán considerados como delitos graves en Chiapas.

Actualmente, el Código de Procedimientos Penales del estado de Chiapas señala cuáles son los delitos graves, pero al perder vigencia se tiene que buscar el instrumento legal adecuado para puntualizar los delitos graves y los delitos no graves.

En caso que se omita lo anterior, destacó que todos los delitos van admitirse bajo fianza. Por esa razón se tiene que atender el principio de los delitos graves y los no graves.

La Constitución mandata ahora que serán los estados los que determinarán cuáles son los delitos graves que se vayan a considerar, porque en cada zona varían. Ejemplo, dijo, el delito de abigeato no está considerado como grave en estados del Centro del país como ocurre en Chiapas, por lo que cada región deberá determinar la importancia del delito que se pretenda castigar y por las circunstancias, puntualizó. / Cosme Vázquez /ASICh

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