Mesa de trabajo en el IEPC sobre usos y costumbres de pueblos indígenas

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* Necesario  reconocer su autonomía y brindarles respeto

Con el objetivo de comprender histórica y jurídicamente los usos y costumbres de los pueblos indígenas, y a petición de los representantes de los partidos políticos, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) realizó la mesa de trabajo denominada: “Usos y costumbres de pueblos originarios, su inclusión en el marco electoral del estado de Chiapas”.

Participó como ponente el  doctor Marco Antonio Pérez de los Reyes, investigador del Centro de Capacitación Electoral Judicial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien explicó antropológicamente cómo se fueron conformando los derechos de los pueblos indígenas hasta verse plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Explicó que los pueblos indígenas son todos aquellos descendientes de poblaciones de un área geográfica perteneciente a la época de la conquista española, y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas y políticas, así como su propia lengua y costumbres a través de generaciones.

“Los pueblos indígenas no necesitan que los protejamos, lo que quieren es que les respetemos; solo de esta manera podrán ser incluidos en nuestra sociedad respetando y protegiendo sus valores y prácticas sociales, culturales y religiosas, con la finalidad de determinar libremente su condición política”, afirmó Marco Antonio Pérez.

Es por ello que la Constitución Política deja en claro que queda prohibida todo tipo de discriminación motivada por origen étnico y que el derecho de los pueblos indígenas se ejercerá en un marco constitucional de libre autonomía en beneficio de las situaciones o aspiraciones de estas comunidades.

El investigador del Centro de Capacitación Electoral Judicial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), afirmó que, los pueblos indígenas podrán decidir sus mecanismos internos de organización política para elegir a sus representantes u autoridades, para acceder plenamente a la jurisdicción del estado y participar en las decisiones políticas electorales de su nación, así como votar y ser elegidos en cualquiera de las elecciones desarrolladas.

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